Close Menu
Asociación Judicial Bonaerense
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Asociación Judicial Bonaerense
    • Inicio
    • Institucional
      • Historia
      • Autoridades
      • Afiliaciones
    • Secretarias
      • Gremial
      • Género
      • Cultura
      • Derechos Humanos
      • Discapacidad
      • Jubilados
      • Deportes
      • Turismo
    • Predio
    • Beneficios
    • Coseguro
    • Biblioteca Virtual
    Portal
    Facebook X (Twitter) Instagram
    Asociación Judicial Bonaerense
    Inicio»Jubilados»JUBILADOS: DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO AL SALARIO (“GANANCIAS”)
    Jubilados

    JUBILADOS: DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO AL SALARIO (“GANANCIAS”)

    2 de enero de 20172 Mins Read
    Facebook Twitter WhatsApp Copy Link
    Compartir
    Facebook Twitter WhatsApp Copy Link

    Compañexs:

    Desde la Secretaría de Jubilados y Pensionados de la Departamental La Plata informamos que la fecha límite para solicitar la devolución del monto descontado por “ganancias” sobre el aguinaldo de julio pasado es la del 31 de marzo de 2017.

    El trámite se realiza vía internet una vez que se obtiene la clave fiscal de manera presencial en las dependencias de la Afip que corresponda a cada trabajador.  Para el trámite vía internet la Subsecretaría de Jubilados y Pensionados Provincial ha confeccionado una guía que puede ser de gran ayuda, la misma se encuentra disponible accediendo al siguiente link:  https://www.facebook.com/permalink.php?story_fbid=356718508041637&id=100011104717625  ó comunicándose con la Subsecretaría al siguiente mail: secjubajb@yahoo.com.ar.

    Si bien el trámite puede realizarse de manera personal puede resultar dificultoso por lo que desde la Departamental La Plata ponemos a disposición a partir del mes de febrero de 2016 la colaboración del equipo contable para realizar la carga vía internet debiendo para ello comunicarse al siguiente mail: comisionajblaplata@gmail.com

    Con respecto a la devolución de “ganancias” correspondiente al mes de diciembre de 2016 la misma será efectuada con el sueldo de enero sin necesidad de realizar trámite alguno.  Sobre esto último cabe hacer la siguiente aclaración, en diciembre el descuento por ganancias fue efectuado sobre los haberes mensuales y sobre el aguinaldo ya que el Decreto que ordena la exención fue posterior  a la liquidación del IPS. Entonces, según el instructivo la devolución de ganancias sobre el aguinaldo de diciembre se le hará a aquellos que no superen el sueldo bruto de $ 55.000 y hasta el máximo de $ 15.000 de aguinaldo. Quien supere la suma de $ 15.000 de aguinaldo le será devuelto lo retenido por ganancias hasta este tope, el excedente tributado no está sujeto a devolución.

     

    Secretaría de Jubilados y Pensionados AJB La Plata

    Comisión Directiva AJB La PLATA

    logo-AJB-LA-PLATA

    Share. Facebook Twitter Email WhatsApp Copy Link

    Articulos relacionados

    Se acerca el cierre de la inscripción presencial para la Colonia de Vacaciones 202

    28 de octubre de 2025

    Tu Solidaridad Transforma: ¡Ayudanos a Ayudar!

    16 de julio de 2025

    Descuentos en pasajes para la costa

    8 de abril de 2025

    Se acerca el cierre de la inscripción presencial para la Colonia de Vacaciones 202

    28 de octubre de 2025

    El 14 de octubre se cobra la Tasa de Justicia

    6 de octubre de 2025

    AJB La Plata te lleva a las Olimpiadas Judiciales 2025: toda la información que necesitás.

    10 de septiembre de 2025

    Paritaria 2025 | SE ACEPTA LA PROPUESTA SALARIAL

    25 de agosto de 2025
    Facebook X (Twitter) Instagram
    © 2025 Asociación Judicial Bonaerense Departamental La Plata

    Escriba y luego presione ENTER.